En una jornada marcada por un intenso debate político, el Senado de la Nación convirtió en ley este viernes el nuevo Régimen Penal Juvenil. La normativa, impulsada con fuerza por el oficialismo, introduce un cambio estructural en la justicia argentina al establecer la responsabilidad penal para adolescentes a partir de los 14 años, derogando la histórica ley 22.278.
Tras una extensa sesión especial en el marco de las extraordinarias convocadas por el presidente Javier Milei, el proyecto obtuvo 44 votos a favor, 27 en contra y una abstención, consolidando una reforma que fija penas máximas de hasta 15 años de prisión para delitos graves.
El nuevo sistema redefine la relación del Estado con los menores en conflicto con la ley penal, abarcando la franja etaria que va desde los 14 hasta antes de cumplir los 18 años. Según los fundamentos del dictamen de mayoría, el objetivo primordial es fomentar en los jóvenes un sentido de responsabilidad legal por sus actos, buscando simultáneamente su educación, resocialización e integración social.
La iniciativa propone brindar herramientas concretas para que los adolescentes puedan superar contextos de riesgo social y conflictividad, aunque establece límites claros ante hechos de extrema gravedad como homicidios, robos con violencia, abusos sexuales o secuestros.
Respecto a la ejecución de las penas, la ley contempla un abanico de opciones que van desde la privación de la libertad en domicilio o institutos abiertos, hasta el alojamiento en centros especializados de detención o secciones separadas dentro de establecimientos penitenciarios, estás dos últimas no estarán habilitadas hasta que el Gobierno destine los recursos necesarios para construir los establecimientos o modificar las cárceles para adultos ya existentes.
Un punto clave incorporado durante el tratamiento en comisión garantiza que, bajo ninguna circunstancia, los menores cumplan sus penas en los mismos pabellones que los adultos.
Además de la reclusión, que se establece como un último recurso, se fijaron medidas alternativas como la amonestación, la prestación de servicios a la comunidad, la reparación integral del daño a la víctima, el monitoreo electrónico y diversas prohibiciones de acercamiento o salida del país.




