El municipio de Berisso dio un paso clave en materia de bienestar animal tras la aprobación de una ordenanza local que considera a los animales de compañía como «seres sintientes» y amplía el marco legal para sancionar conductas de maltrato, abandono e irresponsabilidad. La normativa surgió de la necesidad de dar respuesta a un vacío legal frente a recurrentes denuncias vecinales que no encuadraban en la regulación anterior.

La nueva legislación prohíbe de manera tajante la cría y reproducción domiciliaria de perros y gatos destinada a la comercialización, poniendo fin a los criaderos particulares en el distrito. Asimismo, prohíbe la venta ambulante, la entrega de mascotas como premio, el abandono, la permanencia continua de animales atados o en espacios reducidos, y el acto de dejarlos encerrados en vehículos.

Entre otras pautas, la norma fija la obligación de brindar atención médica a animales enfermos o heridos, el control de hembras en celo y la señalización obligatoria en viviendas donde residan perros con conductas especiales. Para la circulación en la vía pública, se exige el uso de collar y correa bajo la tutela de una persona mayor de 18 años.

El régimen de sanciones contempla un esquema progresivo ante reincidencias que puede derivar en el retiro del animal del domicilio. Las multas económicas parten desde los 120 mil pesos y pueden superar el millón de pesos en casos que involucren equinos.

En paralelo a la medida local, ingresó a la Legislatura bonaerense un proyecto de ley para modificar el Código de Faltas provincial. La iniciativa busca tipificar las conductas de maltrato a nivel regional, contemplando no solo sanciones económicas sino también penas de hasta 60 días de arresto e inhabilitación para la tenencia de mascotas en los casos más graves de abandono o crueldad.

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