Fuentes municipales consultadas por INFOBERISSO dieron detalles sobre la venta y uso de pirotecnia en el distrito

En primer lugar, destacaron que solo se podrán comercializar en lugares habilitados para tal fin, los cuales además del permiso municipal deberán estar autorizados por bomberos de la provincia de Buenos Aires. Por otra parte, ratificaron que dicha venta se limitara a determinados productos como lo dictamina la ordenanza vigente N.º 3666 de 2019. La misma establece: «Quedan prohibidos en el Partido de Berisso:

a.- La utilización de los elementos pirotécnicos denominados «morteros con bomba», «bomba de estruendo con mortero», o «bomba suelta con mortero», y cualquier otro artefacto pirotécnico similar, que pudiera provocar lesiones auditivas y otras lesiones de consideración en el cuerpo humano y lesiones en animales domésticos.

b.- El acopio de elementos pirotécnicos en viviendas particulares.

c.- La venta ambulante de elementos pirotécnicos.

d.- La utilización de elementos pirotécnicos en un perímetro de cien metros alrededor del Hospital Mario V. Larraín y la Refinería YPF, con excepción de los destinados a señales de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil, siempre que sean utilizados en ejercicio de funciones».

Asimismo, se harán los controles pertinentes para garantizar el cumplimiento de la norma mencionada, destacando que en el caso de tener que realizar un decomiso, estará a cargo de la división explosivos de la Provincia. En tanto hasta su retiro se procederá a realizar un acta detallando los productos secuestrados y humedeciéndolos para su inutilización, a la espera de su retiro.

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