Finalmente, once días después de las elecciones, la justicia electoral convalidó los resultados. El candidato de Unión por la Patria, Julio Alak, se impuso por 566 votos al de Juntos por el Cambio y será el próximo intendente de la ciudad de La Plata, a partir del próximo 10 de diciembre.

Alak, que de esta manera gobernará su quinto período, festejó tres veces: la noche del domingo 22, con el escrutinio provisorio, el lunes pasado, cuando concluyó el escrutinio definitivo y ayer jueves, tras la apertura de 79 urnas reclamada por Garro, que sigue sin reconocer el resultado y, como contrapartida, reclama la apertura de todas las urnas. La decisión recae sobre los tres miembros de la junta electoral, el juez Alejo Ramos Padilla, el presidente de la Suprema Corte Sergio Torres y el presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, Roberto Lemos Arias.

La junta electoral que integran esos tres miembros aceptó abrir las 79 urnas por el margen acotado de diferencia entre Alak y Garro. Así fue que durante el jueves se hizo el escrutinio, pero el resultado no arrojó una modificación sustancia respeto de los números ya escrutados en el proceso provisorio. En la revisión se encontraron dos urnas sin boletas de ningún partido. Sin embargo, sí estaban las actas correspondientes, que la justicia electoral dio por correctamente firmadas por las autoridades de mesa y por todos los fiscales partidarios, sin observaciones, enmiendas o tachaduras.

Juntos por el Cambio pidió la nulidad de esas dos urnas pero la Junta Electoral lo rechazó sobre la base jurisprudencial de que, si existen actas, la urna es válida. «De hacer lugar a lo solicitado se estaría afectando la verdadera voluntad del elector que ha quedado plasmada en las actas de mesa, suscriptas por todos los actores involucrados, y que no cuentan con ningún tipo de defecto formal, ni fueron impugnadas u objetadas por ninguna de las agrupaciones», dice el documento al que tuvo acceso Buenos Aires/12. 

«En ningún caso los fiscales actuantes en el recinto han realizado requerimiento alguno en relación a las medas cuya apertura ahora se solicita», expresa el texto. «En otros términos, la aliana impugna la validez de actas que fueron suscriptas y consentidas por sus fiscales en dos oportunidades: una en cada mesa receptora de votos al realizarse el escrutinio respectivo y, en una segunda oportunidad, en el escrutinio definitivo realizado por esta Junta.»

Otro pedido de Juntos por el Cambio fue la apertura de todas las urnas de La Plata. También fue rechazado por extemporáneo: el tiempo para ese tipo de solicitudes venció el martes a las 18. La Junta dijo que los plazos de revisión electoral son rígidos, lo cual permite que una etapa dé paso a la siguiente. Así lo fundamenta el texto: «Más allá de la extemporaneidad del planteo, requerir la apertura de la totalidad de las urnas desnaturaliza complementamente el procedimiento electoral y pone en tela de juicio la transparencia de los procesos electorales; extendiendo indefinidamente la finalización del escritunio definitivo». Más todavía: «Efectuada la apertura de la totalidad de las mesas requeridas, la diferencia inicial entre una otra agrupación no se revierte».

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