La medida estará vigente a partir del 15 de octubre, siempre que los comercios acepten esos pagos a través de un adquirente.
Las Estaciones de Servicio que sean micro o pequeñas empresas o cuyo titular sean personas humanas tendrán acreditado en cinco días hábiles el importe de las ventas efectuadas en un pago con tarjeta de crédito, en lugar de los ocho que rige la norma hasta el momento.
La reducción de plazos fue estipulada hoy por el Directorio del Banco Central de la República Argentina en el marco de los acuerdos de precios y estará vigente a partir del 15 de octubre, siempre que los comercios acepten esos pagos a través de un adquirente.
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El resto de los plazos de acreditación de pagos con tarjeta de crédito continúan siendo los detallados en la Comunicación A 7305:
8 días hábiles para quienes revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o fueran personas humanas (salvo que encuadren en la actividad de “estaciones de servicio y bocas de expendio”).
10 días hábiles para aquellos categorizados como medianas empresas y aquéllos cuya actividad fuera “servicio de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud” (si no se encontraren comprendidos en el ítem anterior).
18 días hábiles para los demás casos.
Vale remarcar que actualmente, más del 60 por ciento de las ventas de combustibles en las expendedoras, se efectúan a través de tarjetas y billeteras virtuales. (Fuente: Surtidores)