Un grupo de concejales del oficialismo en Berisso fueron los impulsores de la derogación de la ordenanza Nº 3551 que prohibía el uso y la venta de pirotecnia en el distrito
Berisso ya no es un distrito libre de pirotecnia. La celebrada ordenanza que protegía a sectores vulnerables a los efectos de la misma ya es historia. En el día de hoy fue publicada en el boletín oficial municipal la Nº 3666 que deroga la normativa anterior, abriéndole la puerta a la comercialización y uso de elementos de pirotecnia. Los responsables de impulsar la polémica ordenanza son miembros del oficialismo en el honorable concejo deliberante de la ciudad de Berisso.
Ellos son: Antonella Villa Chiodo, Carlos Dario Luna, Vanesa Gisela Lara y Alberto Jose Amiel. Ver texto de la normativa para pirotecnia en Berisso
LOS ESCASOS SUSTENTOS JURÍDICOS
En el texto se alude a un fallo de la corte suprema de justicia bonaerense por una causa interpuesta por la cámara de fuegos artificiales contra la municipalidad de General Alvarado. También alude que son varios los municipios contra los que la cámara de fuegos artificiales está litigando, donde solicitan la inconstitucionalidad de la norma. Lo curioso es que imprevistamente los concejales oficialistas arbitran una ordenanza, siendo que nuestra ciudad no está incluida entre las denunciadas. Traduciéndolo a un lenguaje sencillo, hacen una ordenanza por las dudas la cámara se le ocurra litigar contra Berisso. Esto resulta al menos extraño.
Pero crecen las sospechas sobre el accionar de los ediles, cuando se establece un paralelo con otras situaciones que si están judicializadas en nuestra ciudad como es el cobro de la tasa vial. El impopular impuesto al combustible que encarece el litro de nafta y gasoil en Berisso, además pone en riesgo varios puestos de trabajo del sector estacionero. La tasa vial, cabe recordar, causó indignación entre los ciudadanos, quienes en algunos casos generaron presentaciones judiciales para frenar la medida,implementada por la municipalidad de Berisso.
Así se presenta una enorme diferencia en el accionar preventivo de los concejales en el tema pirotecnia, pero siguen apoyando el cobro del impuesto al combustible cuando esta vez, sí es nuestra ciudad la demandada.
LAS PRINCIPALES VÍCTIMAS, QUIENES PADECEN ALGÚN GRADO DE TGD
De acuerdo a la organización TGD Padres TEA, “las personas con trastorno del espectro autista perciben el mundo de manera diferente. Muchos de ellos tienen una mayor sensibilidad en sus sentidos, particularmente el oído. Por este motivo, durante las fiestas, con la pirotecnia, sufren ataques, se autolesionan o agreden a otros. Estas crisis pueden durar días”. Es por este motivo, que desde hace varios años luchan por alcanzar una ley que los prohíba.
Increíblemente nuestra ciudad tenía una norma y fue derogada. La única razón por la cual se modificaría esta ordenanza obedece a intereses económicos, so pretexto de vulnerar derechos constitucionales sobre el comercio. El poder de lobby y compra de voluntades de los empresarios que fabrican y comercializan fuegos de artificio es enorme.
ANTECEDENTES
Al igual que en otros casos, la jurisprudencia puede ser utilizada para reforzar o sostener cada posicionamiento. Cabe preguntarse qué derecho defendemos, el comercial ? o el derecho a la salud? sobre todo en los niños con TGD
La ley 27043 fue sancionada en el año 2014 y publicadas en el boletín oficial en enero del 2015, » Declárase de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA). En su enunciado promueve:
inc j) Coordinar con las autoridades en materia sanitaria, educativa, laboral y de desarrollo social de las provincias que adhieran a la presente y, en su caso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las acciones necesarias a los fines de la completa inclusión de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) a los diferentes niveles educativos, laborales y sociales, de acuerdo a lo establecido por la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ley 26.378.
Por otra parte la ley provincial Nº 14191 establece entre sus disposiciones generales
ARTÍCULO 1º: Créase en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, el Sistema de Protección Integral de las Personas que padecen Trastornos Generalizados del Desarrollo – TGD – (Autismo, Rett, Asperger y Trastorno Generalizado del Desarrollo no Especificado), instrumentando mecanismos de prevención, promoción, y asistencia con una perspectiva interdisciplinaria e integradora.
LAS MASCOTAS, OTRAS VICTIMAS INVOLUNTARIAS
Los perros y gatos tienen una capacidad auditiva mayor que la de los seres humanos y pueden reconocer grandes densidades de ondas por segundo. Debido a eso, muchos de ellos sufren ante los estruendos de los fuegos artificiales que se utilizan en las fiestas
La mayoría de los accidentes con los animales ocurre cuando intentan escaparse y refugiarse de los ruidos excesivos (como los petardos). Muchas veces, salen corriendo y son atropellados por autos. También pueden atravesar puertas de vidrios que le provocan grandes cortes. Estos accidentes pueden terminar con la muerte del animal.