La justicia Contencioso Administrativa de La Plata ha dictado una medida precautelar que frena la designación de un concejal en el Honorable Concejo Deliberante de Berisso. La decisión surge a raíz de una presentación de Daniela Alejandra Goga, quien reclama su derecho a asumir la banca vacante, argumentando la necesidad de respetar la paridad de género en los cargos electivos.

La resolución judicial, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo n° 3, prohíbe al Concejo Deliberante de Berisso juramentar a cualquier persona en reemplazo de la concejal Mariana Cecilia Astorga, quien solicitó licencia sin goce de sueldo a partir del 26 de junio de 2025. La medida estará vigente hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre quién debe ocupar el cargo.

El Corazón del Conflicto: ¿Paridad o Lista?

El litigio se centra en la interpretación de las leyes de sucesión en cargos públicos electivos frente a la Ley 14.848, que implementa pautas de participación política equitativa entre los géneros en la Provincia de Buenos Aires.

Daniela Alejandra Goga, quien fue candidata a concejal por la alianza Juntos en las elecciones de 2021, ocupó el sexto lugar en la lista. Si bien Carlos Darío Luna, quinto en la lista, es el primer suplente masculino, Goga es la primera suplente de sexo femenino. Su argumento es que, al tratarse de una licencia de una concejal mujer (Astorga), la vacante debe ser cubierta por una suplente del mismo género para mantener la paridad.

«Se busca hacer cesar el estado de incertidumbre en relación a su derecho en cuanto a una posible falta de armonía entre el contenido del art. 19 del Dec.-Ley 6769/58 y del contenido del art. 122 de la Ley 5.109, con el contenido de la reforma introducida por Ley 14.848», señala la resolución judicial.

La Decisión Judicial: Priorizando el Interés Público y la Igualdad de Género

La Jueza María Fernanda Bisio fundamentó su decisión en el «peligro en la demora» y la «eminente naturaleza pública del derecho comprometido en el caso, es decir, la igualdad en el derecho de acceso a los cargos públicos electivos». La magistrada consideró que el perjuicio de una designación irregular sería mayor que la suspensión temporal de la cobertura de la vacante.

«Es plausible una eventual designación de un concejal varón en reemplazo de una de género femenino, en detrimento del derecho esgrimido por la accionante», se lee en la resolución. Además, la jueza destacó que la medida no afecta gravemente el interés público, sino que, por el contrario, «tiende a garantizar el respeto irrestricto de los mandatos constitucionales que se desprenden de los artículos 37 de la Constitución Nacional y 36 inc. 4 de la Provincial, en cuanto a la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos».

La resolución también cita la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Agenda 2030 de Naciones Unidas, que consagra la igualdad de género como un objetivo prioritario.

Como requisito previo a la efectivización de la medida, Daniela Alejandra Goga deberá prestar una caución juratoria, comprometiéndose a responder por las costas y daños que pudiera ocasionar la medida cautelar si su reclamo final no prospera.

La disputa pone de manifiesto la tensión entre las normativas tradicionales de sucesión y los principios de paridad de género que buscan una representación más equitativa en los ámbitos de poder. La decisión final de la justicia sentará un precedente importante para futuras situaciones similares en la provincia.

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