En la tarde de éste día domingo, personal policial del Comando de Patrullas, es llamado al Fortín Gaucho «El Biguá», ubicado en calle 74 entre 3 de abril y Montevideo, donde se estaba desarrollando una jineteada con gran concurrencia popular; y que por razones que se tratan de establecer, se inició una gresca entre varias personas con golpes de puño y dos con heridas punzo-cortantes.

Al llegar, los efectivos, se encuentran con un grupo de cuatro o cinco sujetos trasladando en auto particular  a un joven de 18 años quien supuestamente estaría apuñalado en la zona del abdomen.

En ese momento, familiares del herido identifican al supuesto responsable de la lesión de arma blanca, un hombre de 46 años, oriundo de La Plata, a quien interceptan cuando intentaba retirarse en auto, tomando al sujeto a golpes de puño y reduciéndolo, previo destrozar su vehículo Ford Focus.

Pero la cuestión no terminó allí, ya que en medio del tumulto, otro sujeto, de 36 años de edad, es herido con una lesión punzo/cortante en la zona costal izquierda del abdomen, siendo trasladado por un patrullero al Hospital Local.

Cómo si todo ésto fuera poco, en el hospital de Berisso, el primer supuesto herido y sus acompañantes realizaron daños en el edificio y lesionaron al policía que estaba de guardia, regresando luego al Fortín «El Biguá», en busca de una supuesta revancha, aunque eso no se concretó ya que los efectivos lograron detenerlos.

Vale mencionar que en medio de la reyerta, uno de los heridos, con una lesión de ligamentos, por golpe en la rodilla, fue el Comisario de Berisso Primera, Ariel Casco, quien debió ser atendido en el hospital de Berisso.

Finalmente, los policías corroboran, que el evento que se desarrolla en el Fortín no tenía autorización municipal ya que se desconocía de su realización, por ende no había orden de servicio diagramada.

Mantenida comunicación judicial, el señor Agente Fiscal avala la aprehensión de cuatro personas mayores de edad, por TVA. DE HOMICIDIO – LESIONES EN RIÑA – DAÑOS – RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, mientras que a otro se lo notificó por  ñ DAÑOS CALIFICADOS – LESIONES, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD.

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