En un revés judicial que ha capturado la atención de medios y ciudadanos por igual, el abogado Damián Martínez obtuvo una decisión favorable en la defensa de Sergio Di Nitto, quien había sido acusado por Manuela Chueco de difamación a través de su medio, InfoBerisso.

La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata, a cargo de la Dra. Silvina Cairo y la Dra. Ana María Bourimborde presidente del tribunal, revocó una decisión anterior que responsabilizaba a Sergio Di Nitto por daños y perjuicios a pagar $10.000.000 millones hacia la exfuncionaria de la Municipalidad de Berisso.

Manuela Chueco, quien se desempeñó como Secretaria de Promoción Social en la Municipalidad de Berisso hasta diciembre de 2019, había demandado a Sergio Di Nitto alegando que este difundió en su portal acusaciones que la señalaban de malversar fondos públicos y de realizar adjudicaciones directas de contratos de manera indebida. Las publicaciones de InfoBerisso detallaban una gestión cuestionable con implicaciones de corrupción, sugiriendo un enriquecimiento ilícito y conductas impropias en la administración de fondos destinados a la educación y servicios sociales de la ciudad de Berisso.

El núcleo de la apelación giró en torno a la falta de evidencia de que Sergio Di Nitto actuara con «real malicia», un principio legal que protege la libertad de expresión al requerir que se demuestre que el acusado conocía la falsedad de sus afirmaciones o mostraba una imprudencia grave respecto a la veracidad de las mismas.

Además, el fallo incorporó observaciones del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, que había revisado las actividades financieras de la gestión de Manuela Chueco. Aunque el Tribunal de Cuentas no llegó a confirmar todas las irregularidades mencionadas en las publicaciones de InfoBerisso, sí señaló ciertas anomalías administrativas durante el período en que Chueco estuvo a cargo. Estas observaciones no confirmaban del todo las acusaciones de corrupción, pero tampoco las desmentían completamente, proporcionando a Sergio Di Nitto una base factual parcial para sus reportajes.

El tribunal reconoció que los funcionarios públicos, como Manuela Chueco, están sujetos a un escrutinio público más intenso debido a la naturaleza de sus cargos y responsabilidades. Esto implica que deben tolerar críticas más severas, siempre que estas no crucen la línea hacia la falsedad conocida o la imprudencia extrema en la publicación de información. Así, la decisión destaca la importancia crítica de la libertad de prensa, especialmente en contextos donde los medios juegan un papel crucial en supervisar la gestión pública y el uso de recursos estatales.

Este fallo no solo resalta los desafíos que enfrentan los individuos en la defensa de su reputación sino también la protección vital que la ley brinda al periodismo investigativo. El caso recalca la necesidad de que el periodismo se ejerza con responsabilidad, equilibrando la crítica constructiva con el respeto por la verdad. Las costas del juicio fueron impuestas en el orden causado, lo cual refleja la complejidad del caso y el reconocimiento del tribunal de que ambas partes tenían argumentos legítimos para presentar sus reclamaciones. Este fallo, dictado por el Juzgado N° 10 de La Plata, a cargo de la Dra Silvina Cairo y la Dra. Ana María Bourimborde Presidente del tribunal, no solo aclara los límites y responsabilidades del periodismo en el contexto de acusaciones serias sino que también asegura que la justicia pondera cuidadosamente las pruebas antes de emitir un veredicto en disputas que involucran la libertad de expresión y el derecho al honor.

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