«Que el silencio que han mantenido los funcionarios respecto de las adquisiciones formalizadas por medio de las órdenes de pago enumeradas en el párrafo precedente, algunas de las cuales se refieren a la compra de vehículos, impide corroborar la debida culminación de tales procesos, y la registración de los bienes adquiridos dentro del patrimonio de la Comuna. En ese contexto, considero apropiado solicitar al H. Acuerdo la constitución de una reserva, a fin de que los responsables aporten los elementos que demuestren fehacientemente la incorporación de tales bienes al activo de la Comuna…» Dice uno de los párrafos de la resolución del Honorable Tribunal de Cuentas de Buenos Aires y nos hace preguntar, ¿Dónde están las cosas que compro Cagliardi?.
En las últimas horas se conoció el fallo del Tribunal de Cuentas, correspondiente al año 2021, en dónde el Organismo Provincial le hace «serias observaciones» a la gestión del Intendente Fabián Cagliardi, quien, por ejemplo, DICE HABER COMPRADO INSUMOS Y MAQUINARIAS POR UN TOTAL DE 47.771.673,73 PESOS AUNQUE LO COMPRADO NO APARECE EN EL PATRIMONIO DEL MUNICIPIO.
«Que toda vez que los funcionarios consignados como responsables de la presente observación no han ofrecido respuesta alguna sobre la cuestión bajo análisis… Que no queda duda que la conducta silente de los funcionarios implica un severo escollo para la tarea que por manda constitucional debe desarrollara este Organismo, la que en consecuencia debe ser motivo de sanción… Que sin perjuicio de ello, y atento a la importancia de las sumas involucradas. y en atención a la sensibilidad del destino que debía darse a los insumos, que tiene directo impacto en el bienestar de un sector vulnerable de la población, resulta necesario a mi criterio, que este H. Tribunal disponga la apertura de un paréntesis, a fin de que el tema sea retomado en el próximo estudio…», Dice contundentemente el fallo.
Vale volver a mencionar que ésta severa observación arranca con un «copete» que señala: «Que se solicitó a las autoridades municipales el aporte del Registro de Movimientos Patrimoniales (Formulario N° 57 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios en el marco del Decreto N° 2980/2000), a fin de corroborar la incorporación al Patrimonio Municipal de los bienes adquiridos a través de las libranzas que a continuación se detallan», exponiendo que los elementos que detallan las hojas que mostraremos a continuación no figuran en los libros del municipio: