El Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires puso en funcionamiento del Registro Único de Casos de las Violencias por Razones de Género (RUC) que podrá ser implementado en los 135 municipios del territorio bonaerense. La información relevada se constituirá en un insumo fundamental para la elaboración de estadísticas y la construcción de políticas públicas centradas en la prevención, abordaje y erradicación de las violencias por razones de género.

Se trata de la primera etapa de implementación del sistema que permitirá crear una base de datos común a partir del registro de las situaciones de violencia recibidas en los diferentes organismos municipales y provinciales. Su puesta en marcha es un avance clave para el enfoque estadístico en materia de violencias de género, pendiente desde la sanción de la Ley 14.603 que dio origen a su creación en 2014.

El acto estuvo encabezado por la ministra Estela Díaz, y la presentación del Registro a cargo de la directora provincial de Investigación, Planificación y Gestión de Políticas Públicas, Adriana Vicente, y de la directora de Estadística del RUC, Sigrid Heim, quienes se refirieron a la metodología utilizada para su elaboración. Se transmitió por el canal de Youtube del Ministerio y estuvieron presentes funcionarias del gabinete y coordinadoras regionales del Ministerio.

Durante 2020, la Dirección de Estadística y Registro Único de Casos de Violencia de Género, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Contra las Violencias por Razones de Género se abocó al diseño del RUC, a partir de numerosas reuniones de trabajo con municipios y organismos públicos. Este año, tras los avances alcanzados en el desarrollo de su estructura y sistema informático, todos los distritos bonaerenses podrán formar parte del sistema. El año próximo, se implementará en los organismos públicos provinciales.

Detalles

Además de registrar, relevar, y procesar las situaciones de violencia recibidas en los diferentes organismos municipales y provinciales, el RUC debe cumplir los objetivos establecidos por ley: buscar indicadores que midan el impacto de la problemática, unificar las denuncias con el fin de mejorar la prevención de delitos en relación a las violencias de género y sistematizar la información útil y confiable para potenciar la ejecución de las políticas públicas provinciales.

El Registro reunirá los datos provenientes de dos fuentes de información. La fuente primaria, generada y cargada por áreas específicas del Ministerio de las Mujeres: la Línea 144 PBA, la Dirección de Casos Críticos y Alto Riesgo, la Red de Dispositivos Territoriales de Protección Integral (hogares y casas abiertas que resguardan a mujeres y LGTBI+ en situaciones de violencias) y los oficios remitidos.

Información secundaria

En tanto, la información secundaria será producida por los municipios, el Ministerio Público Fiscal, la Suprema Corte de Justicia, los Ministerios de Seguridad, Justicia y Salud, la Defensoría del Pueblo y los organismos de la Administración Pública Provincial que estén trabajando con Licencias de violencias por razones de género. En los casos de entidades u organismos que ya poseen su propio sistema se realizará un desarrollo informático específico para optimizar los tiempos de sistematización de la información.

Abordaje de la gestión pública

En ese contexto, el RUC se enmarca en el Sistema Integrado de Políticas Públicas (SIPP) vigente en la provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto 997/2020, como modelo metodológico para el abordaje de la gestión pública en violencia por razones de género. El SIPP está integrado también por la Línea 144, la red de hogares y casas abiertas, el programa Comunidades sin Violencia, las personas Acompañantes, los espacios de Trabajo con Varones que ejercen Violencia, el Fondo de Emergencia en Violencias por Razones de Género, la Mesa Intersectorial Provincial  y las Mesas Locales Intersectoriales.

Normativas internacionales

Los principales instrumentos normativos internacionales -la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, Naciones Unidas 1993, y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, sancionada en 1994- señalan que el Estado tiene la obligación de producir y difundir información pública en materia de violencias de género.

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